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Ley
Nº
81 " Ley del Medio Ambiente "
La
Ley del Medio Ambiente tiene como objeto establecer
los principios que rigen la política ambiental
y las normas básicas para regular la gestión
ambiental del Estado y las acciones de los ciudadanos
y la sociedad en general, a fin de proteger el
medio ambiente y contribuir a alcanzar los objetivos
del desarrollo sostenible del país.
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Ley
Nº
200 " De las Contravenciones en Materia de
Medio Ambiente "
El
Decreto-Ley No. 200 establece las contravenciones
aplicables en materia de medio ambiente, en lo
relativo a determinados sectores de protección
ambiental e incluye a las personas naturales y
jurídicas, nacionales o extranjeras que incurran
en las contravenciones que por esta norma se sancionan.
Podrán
ser objeto de sanciones las violaciones relativas
a:
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Proceso
de Evaluación de Impacto Ambiental y otorgamiento
de la Licencia Ambiental. |
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Inspección Ambiental Estatal. |
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Sistema
Nacional de Areas Protegidas |
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Diversidad
Biológica |
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Zona costera y su zona de protección |
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Protección del medio ambiente ante desastres naturales
u otro tipo de catástrofes |
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Ruidos, vibraciones y otros factores físicos |
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Protección de la atmósfera |
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Productos Químicos Tóxicos |
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Desechos Peligrosos |
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Las
medidas a aplicar son: |
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multa
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amonestación |
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prestación
comunitaria (actividades relacionadas con la protección
y conservación del medio ambiente) |
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obligación
de hacer lo que impida la conducta infractora |
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prohibición
de efectuar determinadas actividades |
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comiso
o reasignación de los medios utilizados para cometer
la contravención y de los productos obtenidos de
ésta |
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suspensión
temporal o definitiva, de licencias, permisos y
autorizaciones |
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clausura
temporal o definitiva |
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Están
facultados para imponer las medidas previstas en
este Decreto -Ley de contravenciones: |
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El
Jefe de Inspección Ambiental, los Jefes Provinciales
de Inspección y los Inspectores Ambientales Estatales
del Sistema del CITMA. |
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Los
inspectores estatales de los Sistemas de Inspección
Estatal de los Organismos de la Administración Central
del Estado, cuya actividad repercuta sobre la protección
del medio ambiente, los del Cuerpo de Guardabosques,
los de la Defensa Civil y los de la Aduana General
de la República. |
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Contra
las medidas impuestas por las autoridades facultadas
se podrá establecer recurso de apelación ante el
jefe inmediato superior de la autoridad que impuso
la medida, dentro del término de tres días hábiles
siguientes a su notificación. |
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Ley
Nº
201 " Areas Protegidas" |
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El
objeto del este Decreto - Ley, es el de establecer
el régimen legal relativo al Sistema Nacional
de Areas Protegidas, lo cual incluye las regulaciones
del ejercicio de su rectoría, control y administración,
las categorías de las áreas protegidas,
su propuesta y declaración, el régimen
de protección y el otorgamiento de las autorizaciones
para la realización de actividades en dichas
áreas.
Las
áreas protegidas son partes determinadas
del territorio nacional, declaradas con arreglo
a la legislación vigente, e incorporadas
al ordenamiento territorial, de relevancia ecológica,
social e histórico - cultural para la nación
y en algunos casos de relevancia internacional,
especialmente consagradas, mediante un manejo
eficaz, a la protección y mantenimiento
de la diversidad biológica y los recursos
naturales, históricos y culturales asociados,
a fin de alcanzar objetivos específicos
de conservación y uso sostenible. Estas
áreas ordenadamente relacionadas entre
sí conforman el Sistema Nacional de Areas
Protegidas, el cual funciona como un sistema territorial,
que a partir de la protección y manejo
de sus unidades individuales, contribuye al logro
de determinados objetivos de conservación
de la naturaleza. Para lograr un adecuado funcionamiento
del Sistema Nacional de Áreas Protegidas,
podrán estructurarse subsistemas sobre
la base de categorías de manejo, ecosistemas,
provincias, regiones y entidades administrativas.
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Ley
Nº 212 "Gestión de la Zona Costera"
Este
Decreto Ley tiene como objeto establecer las disposiciones
para la delimitación, la protección
y el uso sostenible de la zona costera y su zona
de protección, conforme a los principios
del manejo integrado de la zona costera.
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Resolución
77/99 " Reglamento del Proceso de Evaluación
de Impacto Ambiental "
La
Resolución no.77/99 (antigua 168 de 15/9/95)
pone en vigor el reglamento para la realización
y aprobación de las Evaluaciones de Impacto
Ambiental (EIA) y el otorgamiento de las licencias
ambientales y establece los procedimientos para
su ejecución.
En
esta resolución se define la EIA como un
proceso sistemático de Estudio y Evaluación
multidisciplinaria, para identificar, predecir,
evaluar e informar de los efectos sobre el medio
ambiente de una obra o proyecto, e incluye la
explicación detallada sobre sistema de
monitoreo y las medidas que deben ser evaluadas
para evitar o disminuir los efectos negativos
o realzar los positivos según proceda
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Resolución
87/99 "Movimientos Transfronterizos de Desechos
Peligrosos, Eliminación, Gestión
Nacional y otras Dispociciones "
La
Resolución no.87/99 "Regulaciones
para el ejercicio de las funciones de Autoridad
Nacional y Punto de Contacto del Convenio de Basilea
sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos
de Desechos Peligrosos y su eliminación
y otras disposiciones para la gestión ambientalmente
racional de estos desechos ", tiene como
objeto normar el ejercicio de las funciones y
el cumplimiento de las obligaciones que corresponden
al Ministerio de Ciencia, Tecnología y
Medio Ambiente, en su condición de Autoridad
Nacional y Punto de Contacto del Convenio de Basilea
sobre el control de los Movimientos transfronterizos
de los desechos Peligrosos y su Eliminación,
así como establece otras disposiciones
para la gestión ambientalmente racional
de estos desechos.
Dispone
que el CICA ejercerá, a nombre del Ministerio,
las funciones de Autoridad Competente a los efectos
del Convenio, correspondiéndole aprobar
todas las acciones relativas a la importación
o exportación de desechos peligrosos y
otros desechos, así como recibir la notificación
de todo movimiento transfronterizo de desechos
peligrosos y otros desechos y cualquier información
al respecto y responder a esa información
en el modo que el Convenio establece.
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Resolución
33/96 " Coral Negro "
La
Resolución no. 33 de 2/4/96 del CITMA regula
las medidas específicas que el CICA como
Autoridad Administrativa establecerá en
relación con la protección relativa
al acceso, extracción y comercialización
de la especie Coral Negro, a los fines de garantizar
su aprovechamiento con criterios de sostenibilidad,
dada la situación que presenta en nuestro
país en la actualidad este recurso natural.
Establece
que el Instituto de Oceanología como Autoridad
Científica para las especies de la flora
y la fauna marina, tendrá la facultad de
participar como observador en las campañas
de extracción que realicen las entidades
a las que se le conceda Licencia, a los fines
de supervisar el cumplimiento de los términos
y condiciones establecidas por la Autoridad Administrativa
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Resolución
111/96 " Regulaciones sobre Diversidad Biológica
"
La
Resolución no. 111 de 14/10/96 "Regulaciones
sobre la Diversidad Biológica", establece
las regulaciones para el cumplimiento de los compromisos
contraídos por la República de Cuba
como parte del Convenio de la Diversidad Biológica.
Crea obligaciones para todos los órganos,
organismos e instituciones que se relacionan con
la Diversidad Biológica para que adopten
todas las acciones y medidas necesarias para la
conservación de las especies endémicas
y de todas aquellas cuya supervivencia se encuentra
amenazada, en peligro o en vías de extinción
y en general la conservación de la Diversidad
Biológica nacional, la utilización
sostenible de sus componentes y la participación
justa y equitativa de los beneficios derivados
de su utilización.
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Resolución
130/95 " Reglamento para la Inspección
Ambiental Estatal "
La
Resolución 130 establece el reglamento
para la Inspección Ambiental Estatal (IAE),
con el que se asientan las bases y reglamentaciones
para una adecuada inspección estatal en
materia ambiental, creando a su vez un mecanismo
eficaz a fin de controlar la ejecución
y el cumplimiento por quienes corresponda de la
política gubernamental en materia de protección
del medio ambiente y uso sostenible de los recursos
naturales.
Designa
al CICA como Autoridad Responsable, para realizar
las IAE a todas las personas naturales o jurídicas,
nacionales o extranjeras, que realizan actividades
vinculadas al Medio Ambiente y al uso de los Recursos
Naturales del país.
Establece
los objetivos de la IAE, las atribuciones de la
Autoridad Responsable, la clasificación,
organización, procedimientos y ejecución
de las inspecciones y las obligaciones comunes
de las personas naturales y jurídicas sujetas
a dicha inspección.
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Resolución
34/96 " Normas para la evaluación
y aprovación de propuestas de ejecución
de exposiciones, investigaciones y visitas de
carácter científico-técnico
e interes ambiental "
La
Resolución no. 34 de 2/4/96. " Normas
para la evaluación y aprobación
de propuestas de ejecución de expediciones,
investigaciones y visitas de carácter científico-ténico
e interés ambiental ", establece las
áreas donde se autorizarán las expediciones,
investigaciones y visitas de carácter científico-técnico
y el procedimiento para la obtención de
los permisos de las actividades antes señaladas.
El
incumplimiento de las normas establecidas, determinarán
la cancelación de la autorización
correspondiente, así como la posible denegación
de otras autorizaciones que se soliciten por las
entidades o personas infractoras, sin perjuicio
de la responsabilidad que resulte exigible en
cada caso de acuerdo a la legislación vigente.
En
esta resolución se designan las autoridades
facultadas para conocer, tramitar y conceder estos
permisos.
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Resolución
159/95 " Consentimiento previo de PQT "
Resolución
159 de 21/7/95 "Disposiciones para la aplicación
del procedimiento de Información y Consentimiento
Previo a los productos Químicos Industriales
y de consumo de la población y para la
instrumentación del Registro Nacional de
Información de Productos Químicos-Tóxicos.
Designa
al CICA para que a nombre de este Ministerio ejerza
las funciones de Autoridad Nacional, en estrecha
coordinación con los organismos e instituciones
vinculadas a la gestión de los productos
Químicos-Tóxicos. Establece el control
anual de los productos químicos sometidos
al procedimiento de información y consentimiento
previo a los fines del control de su fabricación,
importación y exportación.
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Resolución
87/97 " CITES "
La
Resolución No. 87 establece el reglamento
para el cumplimiento de los compromisos contraídos
por la República de Cuba en la CITES.
Regula
las funciones de la Autoridad Administrativa y
las Autoridades Científicas.
Establece
el procedimiento para la solicitud y el otorgamiento
de los permisos para la exportación, la
importación, la reexportación y
la introducción procedente del mar, de
las especies amenazadas de la flora y la fauna
silvestre protegidas por CITES.
Establece
las regulaciones especiales para los especímenes
preconvención y las regulaciones aplicables
a los criaderos y especímenes de fauna
criados en cautiverio.
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Resolución
116/2005 "SAOs" (
Anexos
)
La
Resolución 116/2005 actualiza el Cronograma
Nacional para el Control de las Sustancias Agotadoras
de la Capa de Ozono, así como los productos,
equipos y tecnologías que las utilicen,
en correspondencia con lo establecido en los anexos
que se adjuntan a esta resolución. Igualmente
establece las normativas necesarias a fin de garantizar
el adecuado cumplimiento del Cronograma actualizado
por la presente resolución, para la reducción
progresiva y eliminación de las sustancias
agotadoras de la capa de ozono (SAO), los productos,
equipos y tecnologías que las utilicen.
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Ley
Nº 85 " Ley Forestal " |
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Ley
Nº 76 " Ley de Minas " |
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Decreto
Ley
Nº 164 " Reglamento de Pesca " |
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Decreto
Ley
Nº
138 " De las Aguas Terrestres " |
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Decreto
Ley Nº
179 " Protección, uso y conservación
de los suelos y sus contravenciones "
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Resolución
Conjunta 1/97 MIP- CITMA.
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Resolución
96/2004 CITMA. " Regulaciones sobre el uso
industrial de productos químicos"
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Resolución
107/2004 CITMA.
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Resolución
108/2004 CITMA."
Regulaciones sobre Bromuro de Metilo "
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Resolución
115/2005 CITMA."Autorización
a Cuerpo de Guardabosque para aplicar DL 200/99"
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