Departamento de Inspección Ambiental.  

Inspección al Municipio Bayamo (Octubre 2004)

 

INTRODUCCION.

De acuerdo con la Ley 81/97 y la Resolución 130/95 del CITMA y cumpliendo lo establecido por la Resolución 42/2004 del CICA, emitida el 19 de julio del 2003, del 12 al 15 de octubre del 2004 se realizó la Inspección Ambiental Estatal al Municipio Bayamo de la provincia Granma.

La inspección se realizó por el Centro de Inspección y Control Ambiental (CICA) del CITMA y la Unidad de Medio Ambiente (UMA) de la Delegación Provincial del CITMA de Granma.

La inspección contó con una buena preparación y organización por parte de la Delegación Provincial del CITMA. Se inspeccionaron el 100% de los objetivos planificados, contando en estas entidades con el apoyo de los directivos y funcionarios de las mismas. Se debe reconocer, el apoyo brindado por el Gobierno del Municipio Bayamo y de la Provincia para la realización de esta inspección, y en especial el trabajo desarrollado por le Especialista del CITMA en el Municipio Bayamo, la cual garantizó el desarrollo eficiente del trabajo de los dos equipos de inspectores.
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EQUIPO DE INSPECCION.

Equipo 1:
Ing. Jorge Alvarez. Jefe del Departamento de Inspección Ambiental del CICA.
Lic. Carlos Alvarez. Inspector Estatal del CICA.
Ing. Alicia Millán. Inspectora Estatal UMA
Ing. Soraida Canedo. Inspectora Estatal UMA.
Lic. Maritza Baró. Especialista Municipal del CITMA

Equipo 2:
Ing. Claribel González. Inspectora Estatal del CICA
Ing. Esther Salguiero. Jefa UMA
Lic. Maria Gilart. Jefa del Grupo Regulatorio UMA
Lic. Dunieski Serrano. Inspector Estatal UMA
Lic. Ramón Beltrán. Especialista del Grupo Regulatorio UMA

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OBJETIVOS INSPECCIONADOS.

MINAL
Combinado Helado-Queso
Fábrica de Productos Dietéticos
Establecimiento La Hacienda
Embotelladora de Cerveza Combinado Cárnico

MINFAR
Empresa Agropecuaria
MICONS Fábrica de Elementos Prefabricados
Establecimiento La Cañada
Establecimiento Cerámica Roja Fábrica de Racillas

MINAGRI
Centro Integral Porcino
Matadero de Aves
Fábrica de Piensos
Unidad Silvícola Bayamo (Fincas Forestales, Área Cauto el Paso y reforestación Río Bayamo)
Fábrica de Cigarros

MINAZ
Empresa Azucarera Arquímedes Colina (Destilería y Torula)
Unidad Porcina El Carmen

MINIL
Fábrica SAKENAFF

MINSAP
Hospital Provincial Carlos M. de Céspedes
Hospital Infantil General Milanés

MES
Universidad de Granma

PODER POPULAR
Establecimiento La Cañada

DIRECCIÓN MUNICIPALDE SERVICIOS COMUNALES
Vertederos Molino Rojo y Calle 4 la Unión
Rellenos Sanitarios Rosa la Bayamesa y Siboney

DIRECCIÓN MUNICIPAL DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO
Alcantarillado y tratamiento Reparto Jesús Menéndez
Redes Hidrotécnicas Malaria III
Potabilizadora Santa Isabel

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VALORACION GENERAL.

Durante el desarrollo de la Inspección, se pudo constatar el efectivo trabajo de control que desarrolla la Delegación Provincial del CITMA debido al hecho de que todos los problemas detectados se encontraban debidamente identificados.
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Los principales impactos negativos detectados durante la reinspección, fueron los siguientes:

• La carencia de sistemas de tratamiento de residuales líquidos e insuficiencias en los sistemas existentes debido al deterioro de los mismos por falta de mantenimiento.


Cortes de taludes que comunican las lagunas de oxidación 2 y 3. Empresa A. Colina.


Falta de mantenimiento en la laguna de oxidación del Combinado Lácteo.


Deterioro del sistema de tratamiento de residuales líquidos del Combinado Lácteo.


Laguna de oxidación del porcino El Carmen.



• El mal manejo de los hidrocarburos, en especial el fuel oil, lo que origina vertimientos al medio que pudieran minimizarse con medidas de control y acciones de saneamiento cuando se producen estos vertimientos.


Vertimiento de Hidrocarburo en la 3ra laguna del la Empresa A. Colina.


Vertimiento de hidrocarburos. Combinado Lácteo.


Vertimiento de hidrocarburos. Productos Dietéticos.


Vertimiento de hidrocarburos. Fábrica de Cervezas.


• La falta de caracterización y monitoreo de los residuales líquidos, lo que impide conocer si las entidades generadoras de estos residuales están cumpliendo con la norma cubana de vertimiento.

• En menor medida, se detectaron también algunos microvertederos ilegales.


Microvertederos ilegales. Establecimiento La Cañada.


Microvertederos ilegales. Productos Dietéticos.


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RESULTADOS.

Durante la realización de la inspección no se impusieron sanciones derivadas de la aplicación del Decreto Ley 200/99 "De las Contravenciones en Materia de Medio Ambiente“.

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MEDIDAS

MINAL

EMPRESA CARNICA

Establecimiento de Bayamo
Este establecimiento cuenta con un contrato con el INRH para la caracterización de sus residuales líquidos.

Hechos

• El sistema de tratamiento de residuales líquidos se encuentra en mal estado, dos de sus lagunas están azolvadas y presentan vegetación en el vaso. En el momento de la inspección el sistema no estaba vertiendo (Artículos 92 y 95 de la Ley 81/97 y 17 del Decreto Ley 138/93). La entidad detuvo las gestiones para el mantenimiento capital del sistema debido a que de acuerdo con el Plan de Ordenamiento del Río Bayamo (Proyecto Agenda 21), ese sistema de tratamiento debe desaparecer y construirse una planta de tratamiento de residuales líquidos para tratar los residuales de área.
• No están caracterizados los residuales líquidos del establecimiento (Artículo 13 de la Ley 81/97). Existe un contrato con el INRH para la caracterización de sus residuales líquidos.
• El depósito donde se almacenan los desechos sólidos requiere de una limpieza periódica (Artículo 161 de la Ley 81/97).

Medidas

1. Garantizar la ejecución del monitoreo de los residuales líquidos de la entidad. Asentar sus resultados en un registro en la entidad.
Responsable: Dirección de la Entidad
Fecha de Cumplimiento: Diciembre 2005

2. Limpiar sistemáticamente el depósito donde se almacenan los desechos sólidos.
Responsable: Dirección de la Entidad
Fecha de Cumplimiento: Permanente

EMPRESA DE PRODUCTOS LÁCTEOS
A esta empresa se subordinan el Combinado Helado Queso, la Fábrica de Productos Dietéticos y el establecimiento La Hacienda. La empresa cuenta con una caracterización actualizada de los residuales líquidos de estos tres establecimientos. Además tiene en fase de contratación con GEOCUBA un diagnóstico ambiental y un sistema de gestión ambiental.

Combinado Helado-Queso
La caracterización de los residuales demuestra que el sistema de tratamiento opera con eficiencias de remoción de la DBO5 de 98% y de la DQO de 92% y que la disposición de los efluentes del sistema de tratamiento en el río, no eleva los niveles de coliformes en el mismo.

Hechos

• El sistema de tratamiento de residuales líquidos se encuentra en mal estado. Las lagunas están azolvadas con numerosa vegetación en los vasos y en los taludes. Los taludes se encuentran erosionados y en algunas partes el residual llega al borde de los mismos (Artículos 92 y 95 de la Ley 81/97 y 17 del Decreto Ley 138/93). Los efluentes de este sistema de tratamiento no cumplen con los niveles de vertimiento, en relación con la DQO y las grasas, los que alcanzan valores promedios de 126 y 101 mg/l respectivamente (NC 27:99). En estos momentos se valora la necesidad de construir un nuevo sistema de tratamiento que asuma además los residuales de la Fábrica de Productos Dietéticos.
• En áreas del Combinado existe una cochiquera de auto consumo con 72 animales, parte de los residuales de la misma se vierten al terreno (Artículos 92 y 95 de la Ley 81/97 y 16 del Decreto Ley 138/93). Está previsto la eliminación de esta cochiquera.
• En el exterior de la cochiquera existe un pequeño microvertedero consistente en sacos y envases de nylon (Artículo 161 de la Ley 81/97).
• Se detectó el vertimiento de fuel oil en los alrededores de los tanques de almacenamiento de combustible. Este vertimiento llegaba hasta el drenaje pluvial (Artículos 13 inc. e, 14 y 92 inc. a de la Ley 81/97).

Medidas

1. Presentar a la Delegación Provincial del CITMA, para su aprobación, un plan de acción con su correspondiente cronograma, para la construcción del nuevo sistema de tratamiento de residuales líquidos, del Combinado Helado Queso y la Fábrica de Productos Dietéticos. Este plan de acción incluirá la rehabilitación de las áreas abandonadas del sistema de tratamiento actual del Combinado.
Responsable: Dirección de la Empresa
Fecha de Cumplimiento: Febrero 2005

2. Ejecutar la construcción del nuevo sistema de tratamiento de residuales líquidos
Responsable: Dirección de la Empresa
Fecha de Cumplimiento: De acuerdo al cronograma

3. Eliminar la cochiquera ubicada en áreas del combinado. Consultar a la Delegación Provincial del CITMA, para su aprobación, el traslado de los animales a su nuevo destino.
Responsable: Dirección de la Empresa
Fecha de Cumplimiento: Diciembre 2004

4. Eliminar el microvertedero existente en los alrededores de la cochiquera.
Responsable: Dirección de la Entidad
Fecha de Cumplimiento: Diciembre 2004

5. Adoptar las medidas necesarias para minimizar el vertimiento de hidrocarburos fuera del muro de contención de los tanques de almacenamiento. Sanear de inmediato aquellos vertimientos que se produzcan.
Responsable: Dirección de la Entidad
Fecha de Cumplimiento: Permanente

Fábrica de Productos Dietéticos

Hechos

• Esta entidad no cuenta con sistema de tratamiento de residuales, por lo que éstos se vierten directo al Río Bayamo (Artículos 92 y 95 de la Ley 81/97 y 16 del Decreto Ley 138/93). Estos residuales se vierten en dos puntos, en uno se produce una corriente diluida por la mezcla con las aguas de enfriamiento, aunque su contenido promedio de grasas es de 81 mg/l (superior al establecido por la NC 27:99). En este punto se producen además afectaciones por erosión, producto del vertimiento. La segunda corriente es altamente contaminante incumpliendo con lo establecido en la norma cubana de vertimiento. Presenta valores promedios de grasas, DBO5, DQO y Pt de 798, 901, 1654 y 8.1 mg/l respectivamente (NC 27:99).
• No están desagregados los residuales líquidos de los pluviales, ni las aguas de enfriamiento.
• Se iniciaron y se paralizaron las inversiones para la solución de residuales. Se compraron las bombas, se construyó 1.5 Km de conductora de residuales y se ejecutó en un 40% el foso de bombeo, el cual se está deteriorando por la erosión.

Nota: La solución de residuales de esta entidad se debe ejecutar de conjunto con la del Combinado Helado-Queso, previendo que en el nuevo punto de descarga de las aguas de enfriamiento no se produzcan problemas de erosión.

Establecimiento La Hacienda
Se destaca el mantenimiento del sistema de tratamiento de residuales líquidos. Este sistema opera con eficiencias de remoción de la DBO5 y la DQO de 93 y 90% respectivamente.

Hechos

• Los efluentes del sistema de tratamiento de residuales líquidos no cumplen con los niveles que establece la norma cubana de vertimiento para la DBO5, la DQO y las grasas, los que alcanzan valores promedio de 36, 120 y 271 mg/l respectivamente (Artículos 92 y 95 de la Ley 81/97, 16 del Decreto Ley 138/93 y NC 27:99). Está previsto iniciar un proceso inversionista para duplicar la capacidad de producción del establecimiento.
• En el punto de almacenaje de fuel oil se producen vertimientos significativos del hidrocarburo fuera de los muros de contención. Este combustible corre por el terreno hasta una depresión natural (Artículos 13 inc. e, 14 y 92 inc. a de la Ley 81/97).
• Se detectó la existencia de un microvertedero en áreas exteriores de la instalación. En el mismo se disponen bolsas de nylon, cartón, vidrio e hidrocarburos (Artículo 161 de la Ley 81/97).
• Existe una pequeña cochiquera con 4 cerdos, la cual no cuenta con sistema de tratamiento de residuales (Artículos 92 y 95 de la Ley 81/97 y 16 del Decreto Ley 138/93). Está previsto la eliminación de esta cochiquera.

Medidas

1. Adoptar las medidas que procedan para garantizar que los efluentes del sistema de tratamiento de residuales líquidos cumplan con lo que establece la norma cubana de vertimiento.
Responsable: Dirección de la Entidad
Fecha de Cumplimiento: Diciembre 2005

2. Incluir dentro de los proyectos para incrementar la capacidad de producción de la entidad, la solución de los residuales líquidos que garantice el cumplimiento de la norma de vertimiento. Presentar dichos proyectos a la Delegación Provincial del CITMA para que sean sometidos al proceso de Evaluación de Impacto Ambiental.
Responsable: Dirección de la Empresa
Fecha de Cumplimiento: Antes de iniciar la ejecución de la inversión

3. Adoptar las medidas necesarias para minimizar el vertimiento de hidrocarburos fuera del muro de contención de los tanques de almacenamiento. Sanear de inmediato las áreas afectadas por los vertimientos que se produzcan.
Responsable: Dirección de la Entidad
Fecha de Cumplimiento: Permanente

4. Eliminar el microvertedero existente. Disponer los desechos sólidos en lugares adecuados
Responsable: Dirección de la Entidad
Fecha de Cumplimiento: De Inmediato y Permanente

5. Eliminar la cochiquera ubicada en áreas del combinado. Consultar a la Delegación Provincial del CITMA, para su aprobación, el traslado de los animales a su nuevo destino.
Responsable: Dirección de la Empresa
Fecha de Cumplimiento: Diciembre 2004

Embotelladora de Cervezas

Hechos

• Existen derrames de hidrocarburos en el tanque que alimenta la caldera, el cual no cuenta con muro de contención. En el área de toma de los tanques de almacenamiento de fuel oil existe un derrame significativo de hidrocarburo al medio, se detectaron huellas de arrastre con el drenaje pluvial (Artículos 13 inc. e, 14 y 92 inc. a de la Ley 81/97).
• La tercera laguna del sistema de tratamiento de residuales está llena de vegetación, y uno de sus taludes se encuentra cortado debido a que se obstruyó el órgano de salida (Artículos 92 y 95 de la Ley 81/97 y 16 del Decreto Ley 138/93).
• No existe una caracterización actualizada de los residuales líquidos que genera la entidad (Artículos 13 de la Ley 81/97). La entidad cuenta con un contrato con el INRH al efecto.
• Producto de la construcción de una nueva laguna de oxidación por parte de la Dirección de Acueducto y Alcantarillado, los registros de la conductora de residuales de la embotelladora quedaron por debajo del nivel del suelo, por lo que en caso de lluvias se pueden producir obstrucciones por el arrastre de tierra u otros objetos al interior de la conductora (Artículos 92 y 95 de la Ley 81/97 y 17 del Decreto Ley 138/93).

Medidas

1. Construir el muro de contención del tanque de fuel oil que alimenta la caldera.
Responsable: Dirección de la Empresa
Fecha de Cumplimiento: Julio 2005

2. Adoptar las medidas necesarias para minimizar el vertimiento de hidrocarburos fuera del muro de contención de los tanques de almacenamiento. Sanear de inmediato las áreas afectadas por los vertimientos que se produzcan.
Responsable: Dirección de la Entidad
Fecha de Cumplimiento: Permanente

3. Dragar la tercera laguna de oxidación, reconstruir el talud cortado y eliminar la tupición del órgano de salida de residual.
Responsable: Dirección de la Empresa
Fecha de Cumplimiento: Julio 2005

4. Garantizar la ejecución del monitoreo de los residuales líquidos de la entidad. Asentar sus resultados en un registro en la entidad.
Responsable: Dirección de la Entidad
Fecha de Cumplimiento: Diciembre 2005

5. Coordinar con la Delegación Provincial del INRH la solución de la afectación producida a los registros de la conductora de residuales de la embotelladora provocada por la construcción de la nueva laguna de oxidación.
Responsable: Dirección de la Entidad
Fecha de Cumplimiento: Diciembre 2004

MINAZ

Centro Porcino El Carmen

Hecho

• La laguna de oxidación se encuentra en mal estado. Los taludes y el vaso están llenos de vegetación. El residual llega a la laguna con un alto contenido de sólidos lo que favorece su azolvamiento (Artículos 92 y 95 de la Ley 81/97 y 17 del Decreto Ley 138/93).

Medida
1. Ejecutar el mantenimiento capital al sistema de tratamiento de residuales del centro porcino.
Responsable: Dirección de la Entidad
Fecha de Cumplimiento: Julio 2005

Empresa Azucarera Arquímides Colina
Se está ejecutando una inversión para recuperar el CO2 que emite la destilería. Con esta inversión, que debe concluir en diciembre de este año, se elimina la emisión a la atmósfera de 6 ton/día de este contaminante. Se ha avanzado en la construcción de la segunda etapa de la solución integral de residuales con los recursos de que dispone el CAI, ante la carencia de algunos recursos para concluir la primera etapa.

Hechos

• No se ha concluido con la primera etapa del sistema de tratamiento de residuales. Esta etapa del sistema de tratamiento se aprobó mediante dictamen anexo de la Licencia Ambiental 20/01, emitido el 17 de julio del 2003, por el cual se autorizó a que la fábrica de torula funcionara temporalmente por un año, a partir de esa fecha, hasta concluir en ese término de tiempo dicha etapa de solución de residuales, que básicamente consiste en desagregar los residuales agresivos (residuales de la limpieza, de la destilería y de la fábrica de torula) de los azucarados, mediante su envío a un embalse evaporador. Los residuales azucarados serían asimilados por el sistema de tratamiento de residuales que cuenta la empresa en la actualidad, hasta que en una segunda fase, se ejecutara un nuevo sistema de tratamiento (solución integral, aprobada por la Licencia Ambiental 02/04).

• De la primera etapa falta, la construcción de las dos conductoras para desagregar los residuales agresivos de los azucarados. Por este motivo no se ha podido poner en funcionamiento el embalse evaporador (el cual se concluyó), para asimilar a los residuales agresivos. Tampoco se han desagregado los residuales del ingenio. Estos incumplimientos de las Licencias Ambientales otorgadas (20/01 y 02/04) se han debido a la carencia de recursos, en especial de los tubos para la conductora (1.2 Km), acero y cemento. La Empresa por su parte ha trabajado en el adelanto de la segunda fase, al iniciar la construcción de los otros vasos del sistema de tratamiento, ya que los recursos necesarios (diesel y equipamiento) dependen de la propia empresa, pero lo cierto es que todavía ninguno de estos objetos de obra tiene valor de uso.
• En estos momentos el antiguo sistema de tratamiento de residuales se encuentra prácticamente lleno, cuando solo está funcionando la destilería desde hace unos días, por lo que para poder recibir los residuales de la planta de levadura y del CAI, cuando entre en zafra, tendrían que utilizarse los residuales en fertirriego o verterse al terreno. La caracterización de estos residuales efectuada en el 2003, demostró que los mismos no estaban aptos para el fertirriego, por lo que se autorizó su vertimiento a una depresión natural, para que la planta de torula pudiera funcionar. Si bien la planta de torula disminuye la agresividad de los residuales de la destilería, incrementa el volumen de los mismos en 1.5 veces.
• En la tercera laguna existía abundante cantidad de fuel oil que estaba pasando para la cuarta laguna (posible vaso a usar en el fertirriego) por reboso, debido a un corte en los taludes. En este último vaso existen dos cortes en el talud que permitirían el vertimiento de residual al terreno en caso de subir el nivel de las lagunas (Artículos 92 y 95 de la Ley 81/97 y 17 del Decreto Ley 138/93).

Nota: Por los antecedentes y trascendencia del caso se trasladó el mismo a los niveles pertinentes del CITMA.

Medida
1. Cerrar los cortes en los taludes de las lagunas del sistema de tratamiento de residuales.
Responsable: Dirección de la Entidad
Fecha de Cumplimiento: De Inmediato

MICONS

Fábrica de Rasillas
Se destaca el orden y la higiene en la instalación.

Hechos

• No existe monitoreo de las emisiones a la atmósfera que produce la fábrica (Artículo 13 de la Ley 81/97).
• El tanque de lubricantes no tiene muro de contención (Artículos 13 inc. e, 14 y 92 inc. a de la Ley 81/97).

Medidas
1. Garantizar la ejecución del monitoreo de las emisiones a la atmósfera, en especial de partículas, de la entidad. Asentar sus resultados en un registro en la entidad.
Responsable: Dirección de la Entidad
Fecha de Cumplimiento: Diciembre 2005

2. Construir el muro de contención del tanque de lubricantes.
Responsable: Dirección de la Entidad
Fecha de Cumplimiento: Octubre 2005

Fábrica de Elementos Prefabricados
No se detectaron violaciones de la legislación ambiental vigente.

MINAGRI

Unidad Silvícola
Se visitaron las áreas en reforestación en el Río Bayamo y el área de manejo del aeropuerto viejo. El plan de reforestación se cumple al 85% debido a la sequía. Se están presentando también dificultades con los envases.

Hecho
• Los desechos del aserrío se disponen en una cantera (Artículo 147 de la Ley 81/97).

Medida
1. Disponer los desechos del aserrío en un lugar debidamente autorizado.
Responsable: Dirección de la Entidad
Fecha de Cumplimiento: Permanente

Matadero de Aves
Se destaca el orden e higiene de la entidad. El matadero solo trabaja 4 veces al año, sacrificando 100 000 aves al año.

Hecho
• La planta de tratamiento de residuales se encuentra en mal estado. Los efluentes de la misma se vierten al Río Bayamo y no están caracterizados. Esta planta trata además los residuales del Combinado Pesquero (Artículos 13, 92 y 95 de la Ley 81/97 y 17 del Decreto Ley 138/93).

Medidas

1. Incluir dentro del plan de negocios de la entidad la solicitud del financiamiento requerido para la rehabilitación de la planta.
Responsable: Dirección de la Entidad
Fecha de Cumplimiento: Julio 2005

2. Garantizar la ejecución del monitoreo de los residuales líquidos de la entidad. Asentar sus resultados en un registro en la entidad.
Responsable: Dirección de la Entidad
Fecha de Cumplimiento: Diciembre 2005

Fábrica de Pienso
Se destaca el orden y la higiene en la entidad. No se detectaron violaciones de la legislación ambiental vigente.

Fábrica de Tabacos
Esta entidad está dedicada a la capacitación. No se detectaron violaciones de la legislación ambiental vigente.

Centro Porcino El Pedregal
Se destaca la limpieza en el interior de la instalación y el mantenimiento del sistema de tratamiento de residuales.

Hechos

• La primera laguna de oxidación se encuentra en mal estado. Los órganos de entrada están deteriorados, la laguna está azolvada y su vaso lleno de vegetación. El foso del sistema de tratamiento se encuentra lleno de sólidos (Artículos 92 y 95 de la Ley 81/97 y 17 del Decreto Ley 138/93).
• Los residuales líquidos no están caracterizados (Artículo 13 de la Ley 81/97). Cuentan con un contrato con el INRH para la caracterización de sus residuales.

Medidas

1. Ejecutar el mantenimiento capital de la primera laguna de oxidación del sistema de tratamiento de residuales y limpiar el foso de este sistema.
Responsable: Dirección de la Entidad
Fecha de Cumplimiento: Diciembre 2005

2. Garantizar la ejecución del monitoreo de los residuales líquidos de la entidad. Asentar sus resultados en un registro en la entidad.
Responsable: Dirección de la Entidad
Fecha de Cumplimiento: Septiembre 2005

MES

Universidad Granma

Hecho
• La conductora de residuales presenta roturas y salideros. La laguna de oxidación está en mal estado, con vegetación en el vaso y los taludes (Artículos 92 y 95 de la Ley 81/97 y 17 del Decreto Ley 138/93).

Medida
1. Ejecutar el mantenimiento y la reparación del sistema de tratamiento de residuales y de la conductora.
Responsable: Dirección de la Entidad
Fecha de Cumplimiento: Diciembre 2005

MINSAP

Hospital Provincial Carlos Manuel de Céspedes
La entidad cuenta con un Plan de Manejo de desechos peligrosos aprobado por la Delegación Provincial del CITMA.

Hechos

• Los desechos peligrosos se clasifican en las salas y después se mezclan con otros desechos. No cuentan con bolsas de nylon para los desechos peligrosos y no se ha elaborado el diagrama de flujo para el traslado de estos desechos (Requisitos del Plan de Manejo aprobado).
• Existen vertimientos de fuel oil al medio en el área de la toma de los tanques de almacenamiento. El muro de contención de los tanques de almacenamiento de fuel oil cuenta con un drenaje abierto (Artículos 13 inc. e, 14 y 92 inc. a de la Ley 81/97 y medida de Inspección Anterior).

Nota: Por estos hechos se notificó a la entidad, a tenor de lo que establecen los artículos 6 inc. b y 14 inc. c del Decreto Ley 200/99, con vistas a aplicar una de las medidas previstas en el mencionado instrumento legal, pero teniendo en cuenta que el hospital resolvió de inmediato los problemas señalados, se decidió por parte del equipo de inspectores no aplicar sanción alguna.

Hospital Infantil General Milanés

Hechos

• El Plan de Manejo de desechos peligrosos no se ha presentado a la Delegación Provincial del CITMA para su evaluación y aprobación (Resolución 87/99 del CITMA).
• En el área de calderas existen derrames de hidrocarburos en el suelo. Los tanques de fuel oil no cuentan con muro de contención (Artículos 13 inc. e, 14 y 92 inc. a de la Ley 81/97).
• Los residuales del hospital no están desagregados de los pluviales, y no fue posible precisar donde se disponen los mismos. La solución de este problema no es posible en estos momentos y está previsto que los servicios de este hospital pasen al nuevo hospital materno infantil en construcción.

Medidas

1. Presentar a la Delegación Provincial del CITMA, para su evaluación y aprobación, el Plan de Manejo de los desechos peligrosos del hospital.
Responsable: Dirección de la Entidad
Fecha de Cumplimiento: Diciembre 2004

2. Construir el muro de contención de los tanques de almacenamiento de fuel oil.
Responsable: Dirección de la Entidad
Fecha de Cumplimiento: Julio 2005

3. Adoptar las medidas necesarias para minimizar el vertimiento de hidrocarburos al medio. Sanear de inmediato las áreas afectadas por los vertimientos que se produzcan.
Responsable: Dirección de la Entidad
Fecha de Cumplimiento: Permanente

MINIL

Fábrica Texoro (SAKENAFF)
La entidad tiene contratado el monitoreo para determinar los niveles de ruido, polvo y las características de las aguas residuales. Están utilizando pinturas ecológicas, productos vegetales y aprovechan los desechos sólidos.

Hecho

• La laguna de oxidación está en malas condiciones, está azolvada y presenta vegetación en el vaso y los taludes (Artículos13, 92 y 95 de la Ley 81/97 y 17 del Decreto Ley 138/93). Esta laguna no vierte.

Medida

1. Ejecutar el mantenimiento capital de la laguna de oxidación.
Responsable: Dirección de la Entidad
Fecha de Cumplimiento: Diciembre 2005

MINFAR

Empresa Agropecuaria
La entidad cuenta con un plan de acción, a corto, mediano y largo plazo, para enfrentar sus problemas ambientales. No obstante se dificulta el control de su cumplimiento debido a lo disperso de las informaciones. Del financiamiento aprobado para el programa de manejo y conservación de suelos, ascendente a 200 000 pesos, han ejecutado 30 000 pesos, todo en el municipio Bayamo. Se visitó el centro porcino El Naranjal.

Hecho
• El estado del sistema de tratamiento de residuales del centro porcino El Naranjal es malo. Solo funciona una laguna, la cual se encuentra azolvada, llena de vegetación en el vaso y los taludes y los taludes se encuentran erosionados. Los residuales no están caracterizados (Artículos 92 y 95 de la Ley 81/97 y 17 del Decreto Ley 138/93).

Medidas
1. Ejecutar el mantenimiento capital del sistema de tratamiento de residuales líquidos
Responsable: Dirección de la Entidad
Fecha de Cumplimiento: Diciembre 2005

2. Garantizar la ejecución del monitoreo de los residuales líquidos de los Centros Porcinos de la entidad. Asentar sus resultados en un registro en la entidad.
Responsable: Dirección de la Entidad
Fecha de Cumplimiento: Diciembre 2005

3. Incluir en un expediente toda la información relacionada con el cumplimiento del plan de acción elaborado para resolver los problemas ambientales de la entidad, con vistas a facilitar el control del mismo.
Responsable: Dirección de la Entidad
Fecha de Cumplimiento: Enero 2005

PODER POPULAR

Establecimiento La Cañada

Hechos

• El tanque de fuel oil que alimenta el horno donde se producen los ladrillos no cuenta con muro de contención (Artículos 13 inc. e, 14 y 92 inc. a de la Ley 81/97).
• Existen un microvertedero de desechos de los hornos fuera de los límites de la entidad (Artículo 161 de la Ley 81/97).
• Existen trabajadores que manipulan el oxido de plomo y no cuentan con ningún chequeo de salud para detectar posibles afectaciones por el manejo de este producto tóxico.

Medidas

1. Construir el muro de contención del tanque de almacenamiento de fuel oil que alimenta al horno donde se producen los ladrillos.
Responsable: Dirección de la Entidad
Fecha de Cumplimiento: Junio 2005

2. Eliminar el microvertedero ubicado fuera de los límites de la entidad.
Responsable: Dirección de la Entidad
Fecha de Cumplimiento: Marzo 2005

3. Coordinar con el MINSAP la realización de los análisis para determinar los niveles de plomo en los trabajadores expuestos a este producto tóxico.
Responsable: Dirección de la Entidad
Fecha de Cumplimiento: Marzo 2005

DIRECCIÓN MUNICIPAL DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO
Se visitaron los sistemas de tratamiento del Reparto Jesús Menéndez y el de Malaria III, así como la Potabilizadora. La inspección se realizó sin la participación de ningún representante de la entidad inspeccionada, lo que será analizado en el territorio.

Hecho
• La primera laguna del Reparto Jesús Menéndez presentaba una cantidad significativa de bolsas de nylon en el vaso, registros obstruidos y amenaza de derrame por sobre sus taludes (Artículos 92 y 95 de la Ley 81/97 y 17 del Decreto Ley 138/93).

Medida

1. Eliminar los problemas que afectan el funcionamiento del sistema de tratamiento del Reparto Jesús Menéndez.
Responsable: Dirección de la Entidad
Fecha de Cumplimiento: Mayo 2005

DIRECCIÓN MUNICIPAL DE SERVICIOS COMUNALES
Se visitaron los vertederos Molino Rojo y La Loma (Calle 4), así como los rellenos sanitarios Siboney (en construcción) y Rosa la Bayamesa. Este último se encuentra en explotación aunque no se ha concluido su construcción (no se ha terminado la caseta ni el foso séptico).

Hechos

• En el vertedero Molino Rojo se disponen los desechos hospitalarios (desechos peligrosos). Aunque estos desechos se disponen en fosas separadas del resto de la basura y han mejorado las condiciones de operación del vertedero, el mismo no reúne las condiciones sanitarias requeridas. Se plantea por la dirección de la entidad que este vertedero se va a convertir en relleno sanitario.
• El vertedero de Calle 4 presenta una situación crítica producto de la quema de desechos a cielo abierto y la presencia de personal ajeno (Artículo 147 de la Ley 81/97). Este vertedero se debe cerrar cuando se concluya la construcción del relleno sanitario Siboney.
• En el relleno sanitario Rosa la Bayamesa no se realiza la clasificación previa de los desechos, lo que conspira contra la vida útil del relleno.

Medidas

1. Adoptar las acciones para convertir el vertedero Molino Rojo en relleno sanitario. Presentar el proyecto a la Delegación territorial del CITMA, para su evaluación y aprobación.
Responsable: Dirección de la Entidad
Fecha de Cumplimiento: Diciembre 2005

2. Rehabilitar el área que ocupa el vertedero de Calle 4. Presentar el proyecto a la Delegación territorial del CITMA, para su evaluación y aprobación.
Responsable: Dirección de la Entidad
Fecha de Cumplimiento: Al concluir la construcción del relleno Siboney

3. Ejecutar la clasificación previa de los desechos, garantizando que solo se dispongan en el relleno aquellos que lo requieran.
Responsable: Dirección de la Entidad
Fecha de Cumplimiento: De Inmediato y Permanente

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