GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CUBA

EDICION ORDINARIA, LA HABANA 16 DE FEBRERO DE 1998, AÑO XCVI

Número 10       Página 188

 

INDUSTRIA BASICA

RESOLUCION No. 4

 

POR CUANTO: La Ley No. 76, Ley de Minas, promulgada el 23 de enero de 1995, establece la política minera y las regulaciones jurídicas de dicha actividad en la República de Cuba, de conformidad con la cual le corresponde al Ministerio de la Industria Básica otorgar los permisos de reconocimiento y sus prórrogas, los que le confieren a su titular la facultad de llevar a cabo trabajos preliminares para determinar zonas para la prospección.

 

POR CUANTO: Mediante Resolución 122/95 se otorgó a Geominera S.A. el permiso de reconocimiento sobre el área Mantua Oeste, la que fue modificada por la Resolución 64/97, ambas dictadas por el que resuelve.

 

POR CUANTO: Geominera S.A. ha presentado a la Oficina Nacional de Recursos Minerales una solicitud de prórroga al permiso de reconocimiento para la región Matua Oeste, ubicada en la provincia Pinar del Río, ya que en la referida región no se han cumplimentado los trabajos regionales que permitan evaluar en su totalidad la potencialidad de la mineralización de la zona.

 

POR CUANTO: La Oficina Nacional de Recursos Minerales recomienda en su dictamen otorgar al solicitante la prórroga al permiso de reconocimiento.

 

POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de 14 de mayo de 1983 fue designado el que resuelve Ministro de la Industria Básica.

 

POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,

 

RESUELVO:

 

PRIMERO: Otorgar a Geominera S.A., en lo adelante, el permisionario, la prórroga al permiso de reconocimiento sobre el área denominada Mantua Oeste, con el objeto de que realice trabajos preliminares para determinar zonas de interés para la prospección de oro, plata, plomo, cobre, zinc y metales acompañantes, con excepción de los radiactivos, existentes dentro del área.

 

SEGUNDO: La prórroga al permiso de reconocimiento que se otorga vencerá el 30 de abril de 1998, término que será improrrogable.

 

TERCERO: Se ratifican las disposiciones y obligaciones contenidas en la Resolución 122/95, modificada por la Resolución 64/97, con excepción de lo dispuesto en el Apartado Segundo de esta Resolución.

 

CUARTO: Notifíquese a la Oficina Nacional de Recursos Minerales, al permisionario y a cuantas más personas naturales y jurídicas proceda,  y publíquese en la Gaceta Oficial de la República para general conocimiento.

 

Dada en Ciudad de La Habana, a los 9 días del mes de enero de 1998.

 

 

Marcos Portal León

Ministro de la Industria Básica