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MINISTERIO DE
CIENCIA, TECNOLOGIA Y MEDIO AMBIENTE
RESOLUCION No.
31/2005
POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado del 9 de julio de 2004,
quien resuelve fue designado Viceministro Primero de Ciencia, Tecnología y
Medio Ambiente.
POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 67 de fecha 19 de abril de 1983, "De
la Organización de la Administración Central del Estado" en su artículo 33
establece que los Jefes de los Organismos de la Administración Central del
Estado serán sustituidos temporalmente,
cuando fuere necesario, por los Viceministros Primeros.
POR CUANTO: El Acuerdo No. 4002, adoptado por el Comité Ejecutivo del
Consejo de Ministros, con fecha 25 de abril del 2001, en su Apartado SEGUNDO
numeral 9, faculta a este Ministerio como Organismo de la Administración
Central del Estado, para “Evaluar sistemáticamente la efectividad y eficiencia
del Sistema de Ciencia e Innovación Tecnológica, proponer o pronunciarse sobre
las medidas necesarias para el desarrollo y perfeccionamiento de los Centros de
Investigación y las Entidades de Servicios Tecnológicos, incluyendo lo
referente a su creación, modificación, fusión, extinción y subordinación”.
POR CUANTO: El Ministerio de Economía y Planificación mediante su
Resolución No. 21/05 de 1 de enero de
2005, autoriza la creación de la Unidad Presupuestada denominada Centro de
Aplicaciones Tecnológicas para el Desarrollo Sostenible, en forma abreviada,
CATEDES, subordinada al Ministerio de Ciencia Tecnología y Medio Ambiente.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
PRIMERO: Crear la unidad presupuestada denominada Centro de Aplicaciones
Tecnológicas para el Desarrollo Sostenible, en forma abreviada CATEDES,
domiciliada en
Calle Oriente número 756 entre Ciudad del Sol y Prado, Ciudad de
Guantánamo subordinado a la Delegación
Territorial de Guantánamo del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
SEGUNDO: La entidad se autoriza crear con los bienes y recursos de la
Estación Ecológica de la Franja Costera Sur de Baitiquirí, perteneciente a la
Empresa de Aseguramiento y Servicios Generales y el Grupo de Aplicaciones
Tecnológicas en Energía Solar perteneciente a la Unidad Presupuestada
denominada Servicios Ambientales “Alejandro de Humboldt’, y con los demás
activos fijos, circulantes, diferidos,
a largo plazo y otros que integren su patrimonio y con el objeto
siguiente:
1. Brindar servicios científico técnicos especializados en las
actividades medio Ambientales y de energía, en moneda nacional, consistentes
en:
a) Monitorear y participar en tareas concretas de proyectos de
investigación que tributen al Plan Director para la protección y rehabilitación
de la región costera Maisí-Guantánamo.
b) Desarrollar acciones encaminadas a alcanzar el equilibrio armónico
entre las tareas de investigaciones, la transferencia de tecnologías y el
extensionismo.
c) Trabajar en el reordenamiento agroproductivo de la zona que garantice
el desarrollo sostenible de la misma.
d) Realizar acciones de educación ambiental en comunidades y otras
instituciones y organismos, vinculados a la protección del medio ambiente.
e) Transferir tecnologías que permitan el uso eficiente de las fuentes
renovables de energía, en coordinación con el Instituto Nacional de Recursos
Hidráulicos.
f) Realizar inventarios de especies de la flora y la fauna en peligro de
extinción.
g) Introducir y proteger especies de la flora y la fauna apropiadas a
las características edafoclimáticas de la zona mediante la creación de parcelas
experimentales y otros
procedimientos.
h) Trabajar en las propuestas de manejo y conservación de las cuencas hidrográficas de la región, con énfasis en la cuenca Guantánamo-Guaso, en coordinación con el Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos.
i) Montaje, instalación y mantenimiento a equipos y tecnologías energéticas y medioambientales, en coordinación con el Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos.
j) Elaborar proyectos ejecutivos y estudios relacionados con la rama
energética y ambiental y el uso público de los recursos naturales, en
coordinación con el Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos, en los casos
pertinentes.
2. Comercializar, de forma mayorista y en moneda nacional, en distintos
soportes las publicaciones científico-técnicas desarrolladas por la
institución.
3. Producir y comercializar, de forma mayorista y en moneda nacional,
equipos y tecnologías energéticas y medioambientales.
4. Producir y comercializar, de forma mayorista y en moneda nacional,
plantas maderables, ornamentales y frutales, así como especies de la flora de
valor económico resistentes a condiciones adversas.
5. Prestar servicios de consultorías, asesorías y auditorias en las
actividades medio ambientales y energéticas, en moneda nacional.
6. Ofertar y realizar eventos científico técnicos en el ámbito de la
esfera medioambiental y energética, en moneda nacional.
7. Prestar servicios de capacitación y de superación de postgrado en el ámbito
energético y medioambiental, en moneda nacional.
8. Brindar servicios de transporte de carga, en moneda nacional.
9. Prestar servicios de transporte de personal a entidades del sistema
del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en moneda nacional.
10. Ofrecer servicios de alquiler de equipos de apoyo a la investigación
y los servicios energéticos y medioambientales temporalmente disponibles, en
moneda nacional.
11. Prestar servicios de alquiler de locales eventualmente, en moneda
nacional.
12. Brindar servicios de alquiler de almacenes temporalmente
disponibles, en moneda nacional.
13. Ofrecer servicios de hospedaje no turístico y alimenticios asociados
a éste, a personal en funciones de trabajo en moneda nacional.
14. Ofrecer servicios de comedor a sus trabajadores, en moneda nacional.
TERCERO: En la entidad que se autoriza crear, su dirección, organización y funcionamiento se ajustan a las disposiciones vigentes, y su estructura y plantilla se aprueba dentro de lo que establece el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Comuníquese, con entrega de copia en todos los casos, al Centro de
Aplicaciones Tecnológicas para el Desarrollo Sostenible, al Delegado
Territorial de este Ministerio en la
provincia de Guantánamo, a los Viceministros y Directores pertenecientes
al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, a los Ministerios de
Comercio Interior, Finanzas y Precios, Trabajo y Seguridad Social, al Banco
Central de Cuba, al Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos, a la Oficina
Nacional de Estadísticas y a cuantas más personas naturales o jurídicas deban
conocerla.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
DADA, en la Sede Central del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio
Ambiente, en la ciudad de La Habana a los 16 días del mes de marzo del año
2005.
Dr. Fernando Mario González Bermúdez
Ministro p.s.r. de Ciencia, Tecnología
y Medio
Ambiente