GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CUBA

EDICIÓN ORDINARIA, LA HABANA, 30 DE DICIEMBRE DE 1999, AÑO XCVII

Número 87           Pág. 1406

 

MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y MEDIO AMBIENTE

 

POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 21 de abril de 1994, fue designada quien resuelve, Ministra de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

 

POR CUANTO: En virtud, y una vez cumplido lo establecido en la Resolución No. 103 de fecha 13 de marzo de 1997 del Ministerio de Economía Y Planificación, fue autorizada mediante la Resolución 238 de fecha 3 de noviembre de 1999, la creación de la Unidad.  Presupuestada denominada Jardín Botánico Cupaynicú de Granma, subordinada al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

 

POR CUANTO: El Acuerdo 2823 de 28 de noviembre de 1994, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en su Apartado SEGUNDO, numeral 7) establece que el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente es el encargado de evaluar sistemáticamente las capacidades científicas y tecnológicas existentes, promover o pronunciarse sobre las medidas necesarias para el desarrollo y perfeccionamiento de las instituciones científicas, incluyendo su creación, modificación, fusión, extinción y subordinación.

 

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,

 

RESUELVO:

 

PRIMERO: Disponer la creación de la Unidad Presupuestada denominada Jardín Botánico Cupaynicú de Granma, subordinada al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, on personalidad jurídica independiente y patrimonio propio.

 

SEGUNDO:   Determinar su misión social, funciones, atribuciones y estructura, así como fijar su domicilio legal actual en Cuartón Los Mameyes, Guisa, Granma.

 

TERCERO: El Jardín Botánico Cupaynicú de Granma tendrá la misión siguiente:

 

Desarrollar acciones encaminadas a lograr una efectiva conservación, incremento y uso sostenible de los recursos naturales y rescate de plantas amenazadas, mediante programas de educación ambiental, actividades etnobotánicas, recreativas y de proyectos científico-investigativos; incrementar en la localidad, las tareas de conservación de la biodiversidad y de los recursos fitogenéticos y aplicar trabajos científicos para su conservación y de uso sostenible de estos recursos en la flora local; realizar estudios de los ecosistemas y sus características y comercializar los productos y servicios que generen las actividades que tienen a su cargo.

 

CUARTO: El Jardín Botánico Cupaynicú de Granma para garantizar el cumplimiento de su misión tiene las atribuciones y funciones siguientes:

 

-Desarrollar y ejecutar trabajos destinados a la conservación de plantas silvestres y autóctonas.

 

-Desarrollar estudios y trabajos relacionados con la protección y rehabilitación de lcks ecosistemas.

 

-Desarrollar los bancos de germoplasma y contribuir con su aporte a la actividad económica local y nacional.

 

-Desarrollar y ejecutar estudios priorizados de plantas amenazadas, así como el intercambio de información sobre esta temática.

 

-Fomentar y desarrollar el intercambio de semillas con otros Jardines Botánicos.

 

-Fomentar y desarrollar el trabajo de herbario en el Jardín.

 

-Fomentar y desarrollar la reproducción de plantas silvestres autóctonas.

 

-Desarrollar y ejecutar acciones y programas dirigidos a la Educación Ambiental dentro y fuera del Jardín.

 

-Realizar estudios e investigaciones relacionados con la actividad fundamental del Jardín y otras investigaciones encaminadas a la conservación de la biodiversidad, los estudios de los ecosistemas y sus características, así como participar en los proyectos de investigación que se convoquen a nivel nacional e internacional.

 

-Brindar Productos y servicios Relacionados con las actividades que ejecuta el Jardín, así como prestar otros servicios especializados a terceros.

 

-Brindar cursos de superación y formación de especialistas en el campo de las ciencias naturales.

 

QUINTO: El jardín Botánico Cupaynicú de Granma, será dirigido por un Director, cuya designación y remoción es competencia del titular de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, quien responderá por el cumplimiento de la misión, funciones Y atribuciones de dicha Unidad Presupuestada.

 

SEXTO: Delegar en el Viceministro que atiende la Dirección de Recursos Humanos, la facultad de emitir la certificación correspondiente de aprobación de estructura y que en la misma se fije la cifra límite máximo de trabajadores y de dirigentes, para 10 cual, la Dirección del Jardín Botánico Cupaynicú de Granma. dispondrá de SESENTA (60) días contados a partir de la emisión de la presente, para realizar estos trámites ante la Dirección de Recursos Humanos de este Ministerio. 

 

SEPTIMO, La presente Resolución surtirá efectos legales a partir del 1ro. de octubre de 1999.

 

OCTAVO: Notifíquese a los interesados y comuníquese a los Ministerios de Economía y Planificación, de Finanzas y Precios, de Trabajo y Seguridad Social, al Banco Central de Cuba, a la Oficina Nacional de Estadísticas, así como a los Viceministros, Delegados Territoriales, Presidentes de Agencias y a las Direcciones de Recursos Humanos, de Economía, de Supervisión y Auditoría, Directores de Centros e Institutos todos de este Ministerio Y a cuantas otras personas naturales y jurídicas corresponda conocer lo dispuesto.

 

PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.

 

Dada, en la sede del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en la Ciudad de La Habana, a los veintisiete días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve.

 

Dra.  Rosa Elena Simeón Negrín

Ministra de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente